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lunes, 17 de octubre de 2022

LA INAPLAZABLE NECESIDAD DE UNA NUEVA LEY DE CARRERA MILITAR

     Los hechos consumados marcan el ritmo de la historia. Los errores cometidos en el pasado se asimilan como parte de la normalidad cuando se consolidan con el paso del tiempo. Cuando ya casi nadie recuerda cómo eran las cosas antes o como podrían haber sido, cuando lo actual parece que estuvo siempre ahí; entonces sucede que no valoramos lo que teníamos, que perdemos el espíritu crítico y nos acostumbramos o resignamos a lo presente. Y en nuestro acomodo, se asienta la resistencia al cambio. El cambio: ese motor trasformador que da miedo afrontar. Y sin embargo, no nos damos cuenta que lo que tenemos hoy es fruto de otros cambios anteriores de los que no tenemos memoria. No todos los cambios son para mejor. A veces el cambio es un fracaso, pero nunca hay que renunciar a intentar mejorar. En este sentido lo más difícil es reconocer que algo no funciona, que algo no se hizo bien en su momento. El fracaso es uno de esos fantasmas que nunca admitimos ver. Y sin embargo el éxito se asienta en una sucesión de fracasos anteriores. Es lo que da la experiencia.

Miremos nuestro régimen de Personal de las Fuerzas Armadas, fruto del desarrollo de la ley 39/2007: la llamada ley de la carrera militar. Es la tercera de la democracia y la tercera desde que existe el Ministerio de Defensa, como heredero de los antiguos Ministerios de la Guerra, Marina y del Aire. Desde que se aprobó la ley han trascurrido trece años. Entre la primera (17/89) y la segunda ley (17/99) pasaron diez años y entre la segunda y la actual (39/2007) ocho, por lo que si se siguiese una progresión lógica deberíamos haber aprobado ya una cuarta. Pero, ni se ha hecho, ni hay intención de hacerlo. Da la impresión de que el proceso de reforma del personal de las Fuerzas Armadas, que comenzó en 1989, ha terminado ya y se ha alcanzado el objetivo deseado. O eso, o que la última ley creó tantos problemas que no se quiere intentar hacer una nueva para evitar riesgos políticos. Y me temo que la segunda razón es la verdadera.

            Los políticos, que últimamente son más dados a crear problemas que a solucionarlos, necesitan ser empujados a esto último. No podemos seguir dando a entender que nos queremos quedar con la ley 39/2007, que mejor dejar todo como está. Esa resignación mina la moral y la capacidad de las Fuerzas Armadas. Y es que hay serios motivos para una nueva ley. Y es que la actual ha sido un fracaso estrepitoso, por más que intentemos ocultárnoslo a nosotros mismos. Es más, nunca se ha aplicado como está escrita porque lo contrario hubiera sido un auténtico desastre. Y si nunca ha llegado a aplicarse en su integridad es porque tácitamente se reconoce que no se hizo bien.

He escrito muchas veces antes sobre la Ley 39/2007, pero como ha pasado mucho tiempo de eso, conviene hacer un repaso de los cambios fundamentales que introdujo la ley y en qué grado se han aplicado. Recordemos que los tres grandes pilares de la ley de carrera son: la introducción de un título universitario de grado adicional a la formación militar en las academias de oficiales y uno de formación profesional en las de suboficiales, el régimen de ascensos por clasificación y elección, y la unificación de las antiguas escalas media y superior de oficiales en una sola.

La introducción de un título de grado universitario en la formación de oficiales ha supuesto la obligación del alumno de cursar dos grados simultáneamente: el de una carrera universitaria y el de la formación como oficial del Ejército correspondiente. Además coexisten dos Centros diferentes para impartir esa formación: la academia militar y el Centro Universitario adscrito a la Defensa (CUD), con directores diferentes y cadenas de mando diferentes. La coordinación de ambos Centros descansa en la buena voluntad de su personal y sobre todo de sus directores, pero es una anomalía que produce continuas disfuncionalidades.

 El alumno, dentro de un régimen peculiar como es el de una academia militar, tiene que aprobar dos carreras a la vez, en unas condiciones mucho más difíciles que un alumno de cualquier universidad. Ello hace que los alumnos soporten una enorme presión académica y tengan dificultades para superar ambos planes de estudios. El sistema estaba pensado para que no todos los alumnos superasen el plan y que las bajas se cubrieran con alumnos con carreras universitarias que se incorporarían a partir de cuarto curso.  En la práctica, se intenta que las bajas sean mínimas y que casi todos los alumnos logren graduarse y recibir su despacho de oficial, porque lo contrario es un enorme despilfarro de recursos. Sin embargo, sí que se han producido algunas incorporaciones de alumnos con títulos de grado a partir del cuarto año, provocando otra disfuncionalidad al salir oficiales con idénticas atribuciones, pero con dos formaciones diferentes.

La formación militar y profesional, la realmente necesaria para cumplir los cometidos, está saliendo muy perjudicada al no disponer de margen para la incorporación o modificación de nuevos contenidos. La formación militar y verdaderamente profesional está muy limitada por la exigencia del CUD para la aprobación de las asignaturas del grado. Y a todo esto, ¿Cuál está siendo el resultado de los nuevos oficiales que salen formados con este sistema?

Pues podemos decir que no existe un estudio verdaderamente serio y objetivo sobre el resultado, pero al menos, en lo que a la Armada respecta, hay dos datos que sí podemos asegurar por el momento: el grado de motivación e ilusión de los oficiales que salen de la Escuela es muy bajo, y el nivel de aprovechamiento del grado universitario que poseen de momento es desconocido, o sea nulo mientras no se demuestre lo contrario. La reducción de los periodos de prácticas en el plan de estudios, sobre todo en aquellos alumnos que entran con titulación, los ha dejado en un número claramente insuficiente. Ello, es de justicia decir, se ha venido agravando por la reducción de días de mar de la Flota por las restricciones presupuestarias y por la carencia de buques que puedan desempeñar ese cometido con eficacia, ése que antiguamente hacían las Corbetas con tanto éxito.

Bajo mi punto de vista, hay una conclusión clara sobre el actual sistema de enseñanza de oficiales, y es que el título de grado casi totalmente ajeno a nuestra profesión, supone una distorsión en la formación y una dificultad muy grande para mejorar la enseñanza realmente profesional. La utilidad de este título es, como mínimo, incierta, y la posibilidad de utilizarlo fuera de las Fuerzas Armadas es muy baja, dado el largo periodo de servicio que el oficial debe dedicar a la institución antes de poder desempeñar su título de grado, con el que no desarrollará su carrera de ingeniero o graduado. Alguien nos ha hecho creer que nuestra formación era muy similar a la de un ingeniero, pero la verdad es que tiene poco que ver, aunque muchas asignaturas teóricas coincidan más o menos. El Ejército del Aire ha propuesto un cambio en el modelo de enseñanza que une el título de grado a la propia formación militar, de modo que desaparezca la dualidad. Consiste en crear un grado nuevo ad hoc, que no proporcionará un título que contemplan el resto de universidades, sino un título propio que permita elaborar el plan de estudios que se requiera para formar un oficial. El modelo no es exactamente nuevo ni original, es exactamente el de los oficiales de la Guardia Civil. En cierto modo, este modelo supondría volver al anterior, pero beneficiándose de las sinergias creadas con las universidades. La propuesta del Ejército del Aire, aunque jurídicamente pueda caber en la ley de carrera, está claramente fuera de las que fueran las intenciones del legislador, pero eso ya no es nuevo, dado que, en otros aspectos importantes del mismo texto legal, dichas intenciones se han dejado de lado. Esta iniciativa podría ser una buena solución, pero no cabe duda que, más temprano que tarde, habrá que hacer una ley nueva porque se está quedando cada vez más fuera de la realidad.

En el caso de los suboficiales, la ley no ha supuesto tantos cambios, aunque obliga a obtener una titulación de formación profesional. En algunas especialidades, la equivalencia puede ser sencilla, pero en otras resulta más complicada y los ajustes de los Planes de estudios pueden dificultar la enseñanza de contenidos profesionales. No obstante, la formación del suboficial se ha alargado y ha permitido dar una enseñanza de calidad. El problema, es que los suboficiales, aunque procedan de promoción interna, carecen de experiencia porque, aunque son muchos los que proceden de la escala de tropa y marinería, pocos han pasado suficiente tiempo en ella. Esto, tradicional en el Ejército de Tierra, es un problema para la Armada.

La promoción interna para oficial, por cierto, ha sido muy dañada con la nueva ley de carrera. La posibilidad de ingresar en una academia militar de oficiales desde suboficial resulta muy complicada, porque sin una titulación de grado universitario no se convalidará al suboficial, cabo, soldado o marinero prácticamente nada de su formación anterior. Si la formación de un oficial que ingresa sin título universitario son cinco años y la de suboficial tres, el resultado final son 8 años de estudios y muy escasa experiencia profesional para sacar un oficial procedente de suboficial. Un suboficial que, por cierto, apenas habrá desarrollado sus cometidos profesionales en esa escala, por lo que en puridad no se puede hablar de promoción interna sino de otra forma de ingreso. Tampoco la promoción interna en la escala de suboficiales es real, los que ingresan a través de esas plazas son, mayormente, marineros con un solo año de antigüedad. Resulta mucho más atractivo para un soldado o marinero, que están ingresando con una formación superior a los que las FAS necesitan de ellos, promocionar a suboficial que a cabo o cabo 1º, por lo que hay serios problemas para cubrir las necesidades en estos empleos.

Y aquí enlazamos con otra de las principales novedades que trajo la ley de carrera militar, que fue la eliminación de la antigua escala de oficiales, antes escala media, para fusionarla con la antigua escala superior, ahora escala de oficiales.  En su momento, fue el aspecto más controvertido de la ley y el motivo de miles de recursos de oficiales de los tres Ejércitos. Oficiales con titulaciones distintas y trayectorias diferentes fueron metidos con calzador en una nueva escala que los mezclaba sin consideración y que daba antigüedades de una manera, vamos a decir, poco rigurosa. El ambiente que se creó en entre los oficiales de las Fuerzas Armadas fue bastante enrarecido y el nivel de motivación entre los oficiales afectados tocó fondo. Hoy este aspecto ha quedado muy atrás y podemos decir que se ha normalizado. Sin embargo, las Fuerzas Armadas han creado un problema que no tiene, en este momento, una solución totalmente satisfactoria. Al desaparecer la escala media, antes escala auxiliar, no hay suficientes oficiales en los empleos más bajos: teniente y capitán. Para paliar esta carencia la ley de carrera contemplaba dos vías: los retenidos en el ascenso y los militares de complemento. Ninguna de las dos vías está funcionando bien. El número de oficiales retenidos, que son aquellos que no habiendo superado las evaluaciones para el ascenso quedan definitivamente en el empleo inferior, es muy escaso. El oficial retenido es un individuo muy desmotivado, sin ánimo ninguno de mejorar su perfil profesional cuando sus opciones de ascenso están totalmente cerradas. Por ese motivo y porque, de momento, tampoco sobran efectivos en los empleos más altos, los Ejércitos han optado por ascender a la casi totalidad de los oficiales hasta teniente coronel, y no limitar su progreso profesional a los pocos años de carrera. Y es que el sistema de ascensos es otro de los grandes fracasos de la ley, pero de eso hablaremos luego.

La otra opción para completar la necesidad de oficiales en los empleos más bajos era la del militar de complemento, individuos que podían acceder a las Fuerzas Armadas con el grado de oficial firmando un contrato de ocho años si estaban en posesión de algunos títulos universitarios. Y aquí es donde surge el problema. Porque el militar de complemento siempre ha sido un problema para el Ministerio de Defensa, como ahora lo empieza a ser la tropa y marinería profesional. En la cultura española, un país con una tasa de paro estructural bastante elevada, y entre ese grupo de parados hay muchos jóvenes con títulos universitarios, no hay nada más valioso que un empleo fijo. En otros países como Estados Unidos o el Reino Unido, el paro estructural es casi una anécdota y es prácticamente nulo en individuos con títulos universitarios. La posibilidad de adquirir un empleo fijo en esos países, de donde se ha copiado la desafortunada ley de carrera, no es demasiado importante en comparación con otras consideraciones. Es frecuente y está normalizado cambiar de empresa y de trabajo, y no necesariamente supone un drama. En España los empleos públicos están mejor pagados que la mayoría de los privados, y tienen la garantía de que suelen ser fijos. Cuando la administración contrata trabajadores temporales enseguida surgen los conflictos laborales y las protestas.

Los militares de complemento no son ajenos a esa problemática. Antes de la entrada en vigor de la ley actual, los militares de complemento podían renovar su contrato año tras año y presentarse a un proceso selectivo para acceder a una Escala de oficiales que garantizaba un empleo fijo. Si la cosa no salía bien, venían las protestas laborales ya que después de muchos años en las Fuerzas Armadas la reinserción laboral era muy complicada. Para evitar esos problemas en el futuro, se decidió incluir en la ley de carrera que los contratos solo podrían prorrogarse hasta ocho años. Y para que todos los militares de complemento tuvieran las mismas oportunidades, solo se permitió entrar a aquellos que poseían títulos universitarios equivalentes a los oficiales de carrera, es decir ingenierías o asimilados. De ese modo todos podrían acceder por promoción interna a los procesos de selección de acceso a dicha escala. El problema es que la oferta no es atractiva. Los militares de complemento tradicionalmente procedían de aquellas carreras universitarias con mayores tasas de paro y ahora esos tienen vetado el acceso. Los ingenieros son de las titulaciones con menos paro en España, y la opción de pasar ocho años en las Fuerzas Armadas para ejercer unos cometidos que muy poco tienen que ver con su profesión, no resulta interesante a la inmensa mayoría. En consecuencia, año tras año, las plazas convocadas por el Ministerio de Defensa para militares de complemento de los Cuerpos Generales de los Ejércitos, no se cubren. El problema, nuevamente, es el título universitario, al haber ligado la ley de carrera la condición de oficial de las Fuerzas Armadas a la de ingeniero.

La opción de las escalas auxiliares, con mayoría de efectivos procedentes de suboficial, llenaba el hueco de manera mucho más satisfactoria, ya que para los suboficiales el acceso a esta escala suponía un aliciente que ayudaba a la motivación. O sea, al contrario de lo que sucede con los oficiales retenidos en el ascenso, que sí no se cambia el sistema, serán a largo plazo los que rellenen los puestos en los empleos más bajos.

Y finalmente llegamos al asunto de los ascensos. Hasta la ley de carrera 39/2007 todos los oficiales y suboficiales ascendían al empleo superior cuando cumplían los tiempos de servicio establecidos y pasaban los cursos preceptivos, cuando los había. Por estricto orden de antigüedad. En la ley anterior, la 17/99, el orden de ascensos podía verse modificado dentro de la misma promoción, pero no entre promociones diferentes. La antigüedad era el rasgo más importante de la carrera militar. Y la antigüedad se obtenía con la experiencia. La antigüedad significaba jerarquía, y como un elemento sagrado, todos los militares la respetaban y aceptaban con un respeto indiscutido. Para conocer y regular la antigüedad estaba el escalafón, donde cada uno ocupaba su sitio según su orden de antigüedad. El escalafón avanzaba, pero siempre por orden de antigüedad. Solo para los empleos de oficial general o suboficial mayor se podían promover ascensos sin respetar el sagrado orden de la antigüedad. En la antigüedad descansaba la jerarquía, y en la jerarquía la disciplina por autentico convencimiento.

Pues bien, la ley de carrera militar destruyó la antigüedad, pero mantuvo el escalafón. Es decir mantuvo el instrumento, pero no su justificación. El nuevo escalafón es errático y puede producir cambios de jerarquía notables e imprevistos. La jerarquía ya no es una vaca sagrada, y la disciplina se acepta, pero no convence como antes. Los ascensos por clasificación o elección, como introdujo la ley de carrera militar, pretendían ascender a los mejores, no a los más antiguos. Y tal objetivo, por excesivamente ambicioso, ha distorsionado la escala militar y ha degradado la razón de ser del escalafón.

Cuando se evalúan varios militares de carrera para decidir a quien se asciende y en qué orden, nos encontramos con un problema  inconmensurable y al que la normativa de desarrollo de la ley ha dado una respuesta inauditamente calamitosa. Se optó por lo más fácil y lo más barato: el sistema de Informes Personales de Calificación (IPEC) y la trayectoria profesional. Ambas herramientas tenían una ventaja sobre cualquier otro sistema que se introdujera, y es que ya estaban en el sistema, por lo que permitían ordenar a los militares con valoraciones nuevas, pero hechas con elementos ya existentes aplicados de manera retroactiva. Cualquier otro sistema hubiese sido mucho más complicado de instaurar. Se optó por lo más fácil, pero también por lo más defectuoso, injusto y arbitrario. Pero lo importante entonces era poder aplicar la norma lo antes posible.

La valoración de la trayectoria es arbitraria porque ésta no se realiza, en muchos casos, según la voluntad del interesado. Cuando se aplicó la norma por primera vez cualquiera podía haber pensado: “Si sé que este destino o este curso puntúa tan poco, no lo hubiera pedido”. Pero desafortunadamente, en muchos casos, ni siquiera la trayectoria la decide el propio interesado. A un militar se le premia o se le sanciona por estar en destinos o realizar cursos de especialización que tuvo que realizar porque su antigüedad no le permitía realizar otros. O sea valoramos los méritos de un profesional por una trayectoria que se le ha ordenado hacer. Por otro lado, la dispar valoración de unos destinos respecto a otros perjudica grandemente la eficacia de las Fuerzas Armadas al penalizar indirectamente el desarrollo profesional en determinados puestos. Lo que viene sucediendo al final es que hay destinos donde nadie quiere estar, si alguien tiene que estar, tendrá la permanencia mínima o solo permanecerán aquellos que, desilusionados con sus expectativas de carrera, solo busquen estabilidad geográfica. Para evitar esto, se ha ido reduciendo las diferencias de valoración entre destinos, hasta hacerlas lo menos relevantes posibles, salvo destinos de mando o especial responsabilidad que se asignan en otros procesos de valoración independientes. Procesos que también se basan en los IPEC, por lo que en muchos casos aunque no en todos, el IPEC es directa o indirectamente la casi única herramienta del sistema.

Y ¿Qué es el IPEC? El IPEC es un informe de valoración del personal que realizan tres calificadores, de los cuales uno es el superior inmediato y al que los otros suelen copiar o imitar el informe, que se basa exclusivamente en el criterio puramente subjetivo del calificador. EL IPEC no está sometido a ninguna norma objetiva, y aunque los campos que describe son muchos, la única utilidad de todos ellos es meterlos en una fórmula matemática para poner en orden a todos los calificados. Un solo orden, que define quienes son los buenos y quienes los menos buenos, no en algo específico, sino globalmente. El calificador no tiene que demostrar ni probar nada, su criterio es suficiente para decidir la valía del calificado con una cifra entre 1 y 10, de la que naturalmente si se tiene menos de 8, se estará en la cola del frente de evaluación. Porque cuando se selecciona un frente de evaluación, se están seleccionando IPEC de calificadores diferentes para cada individuo y para cada año y entre los que sus baremos mentales serán diferentes. Entre el total de calificados habrá como mucho dos calificados que coincidan en un calificador en un solo IPEC, tal vez dos, en un total de 20 informes por individuo, en el caso de la Armada. Es muy escuchado el argumento de que, aunque unos calificadores puntúan más alto que otros, después de varios años trayectoria se compensan por el elevado número de calificadores que uno ha sufrido. Pero esa afirmación carece de fundamento matemático, ya que como se ha indicado, el número de IPEC hecho por los mismos calificadores en un mismo proceso de evaluación es casi inexistente debido al elevadísimo número de éstos.

Además, al haber un número de calificadores tan alto, que además desconocen el baremo de los demás, la existencia de un valor de referencia es prácticamente imposible. Se ha afirmado con insistencia, que la razón de esa disfuncionalidad es que los calificadores no hacen bien los IPEC, por poner notas siempre muy infladas, pero pese a ello, el sistema prosigue su marcha como si los resultados fuesen plenamente acertados. En la propia instrucción para el relleno de los IPEC se afirma que la C es una nota que debería abundar en todos los calificados, que la B es menos frecuente y solo debería aparecer en algunos rasgos, y que la A, por excepcional solo puede aparecer unas pocas veces. EL hecho es que si en tus calificaciones abunda la C irás a la cola del frente de evaluación y que los primeros de cada frente tendrán A en la mitad de sus rasgos o más. La SEPEC (organismo que controla y clasifica en las evaluaciones de la Armada) puede devolver unos informes si son demasiado buenos, y de hecho lo hacen, pero curiosamente los primeros de cada frente tienen unas medias que superan con creces los límites que la propia SEPEC marca.

SI descendemos a los datos concretos, vemos que en un frente real de evaluación de oficiales de la Armada las notas medias en todos los conceptos están por encima del 8. Solo unos pocos individuos tienen la desgracia de tener menos nota, y eso que seguro que en sus informes de 7 o 7,5 se afirmara que se trata de un magnífico profesional. Las diferencias entre el primero y el último o penúltimo del frente no superarán un punto en la mayoría de los conceptos y sin embargo su destino será radicalmente diferente. Para convertir esas diferencias pequeñas en relevantes se normalizan las notas mediante una fórmula matemática que convierte la mínima nota en el 10 y la máxima en un 20, disparando las diferencias. Pero esta operación esconde un enorme fraude. Si la media esperada entre los evaluadores, según las instrucciones del IPEC, debe ser un 5 o un 6 y la media real es un 8, eso significa que los evaluadores tienen un error de medición en su informe de 3 o 4 puntos de media. Sin embargo la diferencia entre sus calificados es apenas de un punto, un punto y medio a lo más. Esto quiere decir que en la diferencia de sus valoraciones es mucho menor la diferencia en la calificación que en el error que cometen al hacerla. Al normalizar las calificaciones lo que hacemos es amplificar los errores. El resultado es enormemente errático. Por supuesto, no es así en todos los casos. Cuando un superior se quiere asegurar que el calificado se salga por arriba o por abajo, basta con romper los límites del sistema y poner calificaciones por debajo de 8 o por encima de 9. Lo primero será bien recibido por la SEPEC porque se acerca a los valores teóricos de referencia, aunque ya sabemos que en la práctica hundirán al calificado. En el primer caso, dependiendo de si el calificado tiene “prestigio” entre los mandos, se permitirá romper las normas ya que se tratará de un individuo “que todo el mundo sabe que es excepcional.”

Este arbitrario método da mucho poder a los mandos permitiéndoles cierto control y coacción a sus subordinados directos, porque es totalmente discrecional. A cambio, disuade a los subordinados que aún tengan expectativas de carrera, de cualquier enfrentamiento con sus jefes directos. Ello garantiza que el primer criterio para el ascenso sea el de las lealtades personales, cuando no la sumisión al sistema, apagando todo espíritu crítico. La disciplina es algo que ningún militar puede poner en duda, la sumisión es una perniciosa derivada que daña a las Fuerzas Armadas. La lealtad debe entenderse en un sentido amplio, también de superior a subordinado, no solo a la inversa, y sobre todo a España y a los principios que sustentan la profesión militar, no a personas concretas que puedan tener intereses particulares, incluso espurios.

El sistema de IPEC se emplea para poner en orden los frentes de evaluación y decidir los ascensos. También para asignar los destinos de mando y especial responsabilidad. Pero el sistema de IPEC no informa de las verdaderas cualidades de su individuo ni de sus capacidades profesionales, y aunque lo hiciera, lo único que se recoge es un número de orden. Un número de orden de un grupo de profesionales con trayectorias muy dispares y jefes muy distintos. EL IPEC no solo no valora bien, sino que desmotiva y no fomenta el talento ni la promoción profesional.

La ley de carrera introdujo también otro aspecto novedoso: las especialidades de segundo tramo, tanto para oficiales como para suboficiales, que deben hacerse en el tercer empleo para reorientar su trayectoria y que deben ser preceptivos para el ascenso. Curiosamente, el desarrollo normativo y efectivo de las especialidades de segundo tramo se ha retrasado muchísimo. La Armada no ha empezado a implementarlas en oficiales hasta 2019 y en suboficiales está arrancando ahora. El Ministerio de Defensa emitió el reglamento el  año pasado. No vamos a entrar en las razones de tan prolongada demora, pero todo parece indicar que los Ejércitos y la Armada han ofrecido bastante resistencia a su aplicación. La implementación de estos cursos supone un coste importante tanto directo como de oportunidad, ya que los alumnos que los cursen dejan de ocupar destinos en la estructura mientras los realizan.

Sin embargo, las especialidades de segundo tramo constituyen uno de los pocos aciertos de la ley. Si las especialidades se convierten de manera efectiva y real en el arranque de una segunda trayectoria, van a solucionar varios problemas. Por un lado, los cometidos que tanto oficiales como suboficiales desarrollan en su segunda trayectoria tienen muy poco que ver con los de la primera, que son esencialmente operativos. Para dichos cometidos se les preparó en los centros docentes de formación, mientras que para los segundos no se les daba ninguna preparación específica. Por otro lado, en el modelo actual, no existen trayectorias definidas. Al no haber preparación específica, un militar puede moverse por un abanico amplio de destinos de naturaleza muy diferente sin que se valore demasiado su experiencia o formación, y al final se le evalúa en base a los IPEC donde las estimaciones de sus mandos directos decidirán su futuro. Con este modelo, en lugar de crear trayectorias de especialización que diferencien a los militares por su experiencia y conocimientos, se crean trayectorias diversas en las que solo hay buenos, menos buenos y regulares, lo que produce desmotivación en muchos y desaprovechamiento del talento y la experiencia en la institución. Las especialidades de segundo tramo pueden dar una solución a este modelo, pero no basta con crear los cursos preceptivos, sino que deben crearse las trayectorias con destinos seleccionados y ascensos por especialidades. Y en eso, la ley de carrera con sus sistemas de ascenso y evaluaciones basadas en los IPEC y en valoraciones de trayectorias distintas, encaja mal. Esta anomalía de la ley demuestra que se elaboró con muchos errores y que es necesario cambiar muchos de sus planteamientos, lo que necesariamente debe hacerse redactando una nueva.

            Y, ¿qué soluciones pueden proponerse para esta nueva ley? Algunas ya se han ido exponiendo a lo largo de este artículo. La enseñanza debe volver a ser específica y olvidarse de la utopía de dar dos carreras con el tiempo y los medios de una. Para ello, y para no desperdiciar la experiencia de haber cooperado con la Universidad, la solución propuesta por el Ejército del Aire parece la más acertada. Un título de grado y máster, sí, pero propio y específico de cada Ejército. Un modelo similar valdría para los títulos de técnico superior de los suboficiales, y que permitiría una convalidación significativa del grado de oficial, facilitando la promoción interna. Respecto al sistema de ascensos, es necesario volver a la antigüedad hasta el grado de coronel y olvidarse de evaluaciones basadas en criterios subjetivos. Las evaluaciones deben ser específicas para el mando y los destinos de especial responsabilidad y los IPEC deben ser reducidos y su utilidad muy limitada. No deben compararse trayectorias diferentes. Al fin y al cabo, los empleos militares siempre han representado mucho más la veteranía y la jerarquía que los cometidos profesionales. La antigüedad garantizaba mucho más la disciplina y el compañerismo que cualquier otro criterio para ascender. Los puestos de especial responsabilidad, en cambio, sí que se pueden evaluar por capacidad e idoneidad. Y aquí también entran las trayectorias profesionales, además de informes personales que tendrán que estar basados en características más específicas y objetivables que los IPEC.

            La nueva ley de carrera militar debería permitir trayectorias profesionales más especializadas, perfiles más motivadores y un sistema de ascensos menos competitivo, excepto para los empleos más altos del escalafón. La enseñanza, orientada a formar profesionales de la milicia y no de otros órdenes, y a facilitar una verdadera promoción interna que motive a las Escalas de suboficiales y de tropa, pero también que permita aprovechar la experiencia profesional. Accediendo al grado de oficial y suboficial a militares de dilatada experiencia en las escalas de menor categoría, permitirá además cubrir las necesidades de los primeros empleos de dichas escalas.

            Las Fuerzas Armadas siguen evolucionando, con algunos pasos adelante y otros, desafortunadamente, hacia atrás. Es hora de aprovechar los aciertos, pero también de rectificar los errores cometidos y seguir cambiando, evolucionando a mejor. El tiempo apremia, el futuro es hoy.

lunes, 29 de febrero de 2016

LAS NUEVAS LEYES PENAL (14/2015) Y DISCIPLINARIA (8/2014) DE LAS FUERZAS ARMADAS.



Que cualquier persona que hiciere o fijare carteles, o dijere palabras escandalosas, de la cuales puede causarse tumulto, o motín, muera por ello sin ser oído.
Que cualquier persona que supiere quien haya escrito, o fijado carteles, o dicho palabras sediciosas, y no lo manifestare luego al superior, incurra en la culpa del principal, y haya la misma pena.
Esta cita, correspondiente a la magnífica obra de Sancho de Londoño, Capitán y Maestre de Campo de los tercios españoles del siglo XVI, nos recuerda algunos de los usos y normas que por entonces se proponían para mantener la disciplina en aquellas aguerridas unidades. Han pasado cinco siglos desde entonces y la normativa al respecto ha evolucionado considerablemente; afortunadamente, bien sea dicho. Sin embargo, el paso de los siglos no ha ocultado nunca la imperiosa necesidad de castigar severamente las conductas indisciplinadas en tiempo de guerra; nunca, hasta ahora.
Cuando era alumno de la Escuela Naval Militar sufrí el cambio de “régimen disciplinario” en mis carnes. Pasamos de los denominados “castigos físicos” por las faltas más leves, a las privaciones de libertad. Desaparecieron los códigos ad hoc para alumnos de las academias, a la estricta observancia de la nueva ley disciplinaria (entonces la 12/85). Muchos jóvenes militares, y otros no tanto, opinaban entonces: “nos estamos amariconando”, válgame el comentario. Muchos alféreces, sargentos y capitanes de los tercios de España opinaron probablemente lo mismo cuando se derogaron normas como las que dan inicio a este artículo. La tendencia de suavizar, humanizar y también racionalizar el castigo a las faltas de disciplina, dura ya siglos en el mundo militar. Sin embargo, en estos últimos cambios legislativos hay algo más  que eso, algo que sintoniza perfectamente con otros cambios de gran profundidad en el seno de las Fuerzas Armadas españolas.
Tras la promulgación de la ley 9/2011 de Derechos y Deberes de los militares, el legislador ha continuado con el proceso de reforma de las normas que afectaban al ejercicio de dichos derechos; es decir la ley disciplinaria (8/2014) y el código penal militar (14/2015). En los nuevos textos apreciamos varios cambios, pudiendo leer en las respectivas exposiciones de motivos sus causas.
-          Ambas leyes reducen las penas de los textos anteriores, en algunos casos de manera significativa. El argumento para dicha reducción de sanciones o penas es una mayor armonización con las Fuerzas Armadas de otros países de nuestro entorno.
-          En ambos textos, pero especialmente en la ley disciplinaria, se refuerzan las garantías al sancionado: en el código penal se incluye la suspensión de la pena obligada en determinados casos, y en la ley disciplinaria el procedimiento sancionador acaba resultando insólito en el mundo militar. Por descender al mundo real podemos poner un ejemplo práctico: El sargento que en el ejercicio de sus funciones descubre a un soldado durmiendo en acto de servicio no podrá gritar y decirle dos días de arresto. El cabo o sargento ya no puede arrestar al soldado por las faltas más leves sino que debe reprenderle por escrito, o mejor solicitárselo al jefe de la unidad si él no tiene potestad sancionadora. En todo caso, deberá informar al sancionado que dispone de derecho a un abogado y que puede interponer un recurso. ¿Se imaginan la situación?:“Muchacho le voy a decir al capitán que te has quedado dormido para que te mande una nota indicándote que has hecho mal tus deberes, tienes derecho a un abogado si no estás de acuerdo.”
La realidad es que las faltas más leves se van a quedar sin sanción efectiva, lo que puede producir una relajación de la disciplina y la aparición de conductas menos leves, afectando esto también a los alumnos y a los reclutas.
-          En el código penal, pero sobre todo en la ley disciplinaria, se mezclan las penas privativas de libertad, los tradicionales arrestos o privaciones de salida, con penas de índole económica en una extraña combinación. Así como en el ámbito penal común las privaciones de libertad siempre son penas más graves que las sanciones económicas, en el ámbito disciplinario militar la cosa no ha sido vista de ese modo. Han sido muchos, casi todos desde fuera de las Fuerzas Armadas todo hay que decirlo, quienes abogaban por acabar con las penas de privaciones de libertad cuando se aplicaban  fuera de los procedimientos penales. Parece que el legislador no se ha atrevido a eliminarlas, pero sí a limitarlas a las penas más altas y a introducir en su lugar las económicas, quien sabe si como paso previo a una sustitución definitiva de las unas por las otras. Una vez más la equiparación con el mundo civil es el motor que mueve los cambios legislativos en el ámbito castrense, con el argumento de adaptarse a la jurisprudencia de los altos tribunales y de otros países de nuestro entorno.
Los militares, al contrario que los civiles, consideraron el arresto como una sanción propia de su condición. Un castigo menos severo que perder parte del sueldo, lo que castiga también a su familia. El arresto cumplido en su domicilio o en la propia unidad no era un castigo excesivo para profesionales acostumbrados a la propia dureza de su trabajo y a estar separado de sus seres queridos.

-          El código penal militar reduce notablemente su contenido para seguir convirtiéndose (el anterior también lo era) en una disposición especial del código penal común aplicable a unos supuestos cada vez más reducidos. Además se recogen nuevos  tipos penales procedentes del ámbito civil, como los delitos contra la libertad sexual o la dignidad personal cuando tienen lugar en el ámbito militar. La inclusión de estos tipos sirve para evitar una sensación de impunidad cuando tales se producen. La realidad es que los maltratos en las Fuerzas Armadas englobaban todas estas conductas dentro de la figura del abuso de autoridad y se contemplaban penas iguales a los tipos actuales.

-          Desaparece cualquier mención a la guerra, situación en la que tradicionalmente se agravaban todas las conductas y se elevaban las penas, y de la que solo se conserva el concepto de conflicto armado para agravar algunos tipos delictivos. La negación de la guerra sigue siendo algo obsesivo en los legisladores de la última década, hasta el punto de hacerla desaparecer de todos los textos, desde la ley de Defensa Nacional de 2005 a las nuevas ordenanzas aprobadas en 2009, tocándole ahora a las leyes disciplinaria y penal. Ya solo queda la Constitución, de la que con toda seguridad desaparecerá dicha mención si nuestros mandatarios se deciden algún día a reformar nuestro texto de mayor rango.

-          La desaparición de la guerra “por Real Decreto” implica la inaplicación en todo caso de la pena de muerte, ya eliminada hace años del anterior código, pero reservada en la Constitución para los delitos más graves en esta situación “desaparecida legalmente”.

-          Reaparecen algunos supuestos de operaciones en el exterior o de paz, como ya se hizo en las nuevas Ordenanzas, si bien salvo para aspectos muy concretos, no aportan ningún cambio sustancial en la aplicación práctica de la ley.

En conclusión, sin querer entrar a profundizar en los muchos aspectos técnicos de ambas leyes, lo que se desprende fácilmente de los cambios es que la llamada modernización de las Fuerzas Armadas, que dura ya varias décadas, pero que ha sufrido un gran impulso desde el gobierno del presidente Zapatero, continúa hacia adelante sin demasiado ruido, entre los aplausos del mundo civil y el silencio casi obligado de los propios militares.
Recordemos, que primero la ley de Defensa Nacional eliminó la guerra como situación siquiera hipotética y dejó sin definir los cometidos tradicionales de las Fuerzas Armadas , más allá de repetir el artículo 8 de la Constitución; mientras que ampliaba y desarrollaba sus cometidos en defensa civil, lucha contra las catástrofes y misiones de paz en el Exterior, resaltando eso sí, que sean en virtud o acordes a los mandatos de las Naciones Unidas.
Recordemos que la ley de Carrera Militar dejó la antigüedad convertida en antigualla y a los militares de carrera en funcionarios armados de carrera y que las nuevas Ordenanzas redujeron notablemente los códigos de conducta del militar, eliminaron también la guerra, y ampliaron las conductas en misiones de paz y de colaboración con la población civil.
Recordemos que la ley de Derechos y Deberes de los militares, aunque en la práctica supuso  una reducción de sus derechos, los proclamó ciudadanos comunes, y que las leyes disciplinaria y penal los terminan de despojar de otras herramientas que los separan del mundo civil.
Se aprecia, por un lado, una filosofía de cambio, introduciendo definiciones y aspectos nuevos, como las misiones de paz o las declaraciones de Derechos de la ley 9/2011,que aunque su relevancia práctica sea escasa o incluso contraria a dicha filosofía, marcan el camino a seguir. Y por otro lado verdaderos cambios, como el cambio de tipos y sanciones en las leyes disciplinaria y penal o la desaparición de la guerra en todos los ámbitos y su sustitución por el de conflicto armado, así como el notable adelgazamiento de las ordenanzas en sus aspectos más tradicionales de deber y honor militar o la desaparición de diferencias en este sentido según el grado jerárquico. Este doble cambio indica, en mi opinión, que aún estamos en fase de transición.
El llamado proceso de modernización de las Fuerzas Armadas no es otro que la desmilitarización de las mismas para “civilizarse”. La conversión de los militares en unos funcionarios más, eso sí portando armas, pero cada vez menos diferentes de los civiles, con cometidos nuevos más parecidos a los de una fuerza policial, un cuerpo de sanidad o uno de bomberos, es la parte principal del proceso. El proceso no ha sido controvertido en el terreno de la política; todos los gobiernos han seguido la misma senda de reforma, casi sin matices. También ha sido pacífico mantener la misma restricción de derechos que existía desde la transición, pues resulta cómodo para los dirigentes políticos un cuerpo policial, de emergencias o de acción exterior donde los funcionarios no pueden hacer reivindicaciones colectivamente, no tienen margen a la libertad de expresión pese a los reconocimientos de los altos tribunales, obtienen disponibilidad plena a cualquier hora y día, y resultan muy baratos de movilizar. Pero cuando el proceso culmine y los valores militares terminen de disolverse totalmente en este cuerpo de funcionarios armados, no será posible tampoco mantener estas restricciones, ni tampoco se mantendrá la eficacia y la profesionalidad de sus componentes.
Por supuesto ello implica hacer desaparecer el combate entre sus misiones, sutilmente, pero de una manera clara y evidente, primero evitando usar la fuerza incluso en peligrosas misiones en el Exterior, y segundo haciendo desaparecer cualquier mención a la guerra en cualquier texto legal. Si la guerra no existe, los Ejércitos no tienen razón de ser salvo, claro está, que se conviertan en otra cosa. O a la inversa: si a los Ejércitos se les priva de sus valores más básicos dejarán de ser útiles para la guerra pero tal vez no para otros cometidos. Y en eso estamos, aunque sigamos adquiriendo material bélico de primer nivel, para mayor progreso y prosperidad de la industria española de Defensa, puntal de nuestro I+D+I y elemento estratégico de la economía y la capacidad industrial de España.

lunes, 12 de octubre de 2015

SOBRE EL CASO ZAIDA CANTERA…



Si no sabe todavía quien es Zaida Cantera es porque seguramente no ha prestado demasiada atención a las noticias en los últimos meses, ya que el caso de esta mujer, ex comandante del Ejército, ha sido llevado al Congreso de la mano de la diputada de UPyD, Irene Lozano, ha aparecido en casi todos los medios, incluido el programa de La Sexta de Jordi Évole que le dedicó un amplio reportaje, y ha sido también el personaje central del libro “No, mi general”, del que es coautora junto a la citada diputada del partido entonces liderado por Rosa Díez. La última noticia sobre Zaida, por cierto, es que Pedro Sánchez la ha colocado en el número seis de la candidatura del PSOE por Madrid a las próximas elecciones generales.

El caso Zaida ha sido junto al del teniente Segura lo que más daño ha hecho a la imagen de las Fuerzas Armadas en los últimos años, ambos por cierto en el Ejército de Tierra. Sin embargo ambos casos son muy diferentes, aunque algunos querrán ver semejanzas entre uno y otro.

Zaida Cantera fue víctima de acoso sexual por parte de un superior suyo, el teniente coronel Lezcano-Mujica, ahora cumpliendo condena. La justicia militar se pronunció en sentencia firme, por lo que los hechos hemos de considerarlos ciertos. Posteriormente, la entonces oficial del Ejército, se reincorporó a la actividad profesional hasta que se encontró con un superior, que según ella, por ser compañero y amigo del condenado trató de vengarse haciendo uso de su poder. Esta supuesta venganza se habría puesto de manifiesto en la negación de unas vacaciones durante el periodo estival y de una solicitud de cambio de tanda en un curso que le fue denegada y que le costó la apertura de un proceso penal militar contra ella por falta de lealtad. El proceso fue archivado, pero se le abrió un expediente disciplinario y un informe de calificación extraordinario (IPEC) para dejar sin efecto las buenas calificaciones que tenía hasta ese momento. El caso es que la entonces capitán Zaida Cantera denunció, no solo al coronel que presuntamente le acosaba sino al general Pardo de Santayana, subdirector de Enseñanza militar y a otros dos oficiales más de la delegación de la Escuela de Guerra en Zaragoza. Zaida se dio de baja por padecer trastorno depresivo y no volvió al servicio activo. El tribunal togado central abrió diligencias previas e imputó a los oficiales denunciados pero en el juicio quedaron eximidos de cualquier  abuso de autoridad.

La presión sobre la ex comandante se acentuó y está acudió a los medios de comunicación y a políticos de la oposición; Irene Lozano se convirtió en su mejor defensora y llevó el caso al Congreso, mientras que el Ministerio dirigido por Pedro Morenés siguió actuando como si nada hubiese pasado.

Este podría ser, de manera resumida, un resumen de lo que conocemos por los medios de comunicación. Lo que sabemos del caso forzosamente lo sabemos por los defensores de Zaida, ya que las otras partes implicadas, Ministerio incluido, continúan con la estrategia del silencio. Como ya dije, refiriéndome al caso del teniente Segura, el silencio pone a los medios en contra del Ministerio de Defensa y en este caso además en contra de las Fuerzas Armadas como institución. El problema de la estrategia de ignorar los hechos, es que los medios no solamente informan imaginando lo peor, sino que además sacan conclusiones desproporcionadas sin que exista certeza de ninguna de ellas. Tanto para los políticos como para los medios, el interés de Zaida Cantera no reside en ella, ni en su sufrimiento personal; reside en que refleje un mal general dentro de las Fuerzas Armadas. Si el caso Zaida fuera solamente un caso aislado, su interés político e informativo sería cero. Por ello escuchamos acusaciones de la boca de Irene Lozano, de la que diversos medios se hacen eco, de que las mujeres no se promocionan en el Ejército por el hecho de serlo, que sufren sistemáticamente acoso...etc. Es difícil encontrar una sola voz que se salga del discurso de escandalizarse ante “una institución machista y obsoleta” que degrada a las mujeres que intentan ser parte de ella.

Es difícil conocer lo que ha sucedido realmente en un caso de abuso de autoridad dentro de las Fuerzas Armadas donde la disciplina y la jerarquía son valores esenciales, básicos para mantener la operatividad de los Ejércitos. Por desgracia, a veces, pueden ser también el burladero donde se esconden abusos de autoridad. El militar, presionado por sus superiores, tiene difícil defenderse, ya que los procedimientos son rígidos y están sometidos estrictamente a una escala jerárquica que dificulta la defensa de los subordinados. No obstante, conviene decir, que desde la aprobación de la ley de carrera militar (39/2007) la sensación de indefensión se ha acentuado ya que los informes personales de calificación (IPEC) son la principal herramienta para decidir la futura carrera del militar y dependen exclusivamente de la “santa voluntad” de los superiores del calificado. La realidad es que de la calidad humana de los mandos, dependerá que los subordinados sean bien mandados, no solo en el sentido operativo o profesional, sino también en el ético y en el legítimo.

Denegar un permiso o una solicitud no tiene porque ser causa suficiente para justificar un abuso. Sin embargo, el proceso penal abierto contra ella por falta de lealtad fue una medida extrema y además sacó a la luz que la firma del documento por la que se acusaba a la comandante fue falsificada por otro oficial. Naturalmente esto se conoció, después del archivo de la causa contra la ex comandante y por un recurso que presentó ella misma. ¿Qué razones tendría el susodicho oficial para falsificar la firma y así contribuir a que se pudiese ejercer tan grave acusación contra Zaida Cantera? Según la defensa este sería el elemento que demostraría que las acusaciones injustificadas contra Zaida fueron amañadas por los cómplices del coronel en su persecución a la comandante, víctima del acoso sexual de su compañero. Esta explicación es verosímil, pero el asunto está aún investigándose y no hay de momento pronunciamiento judicial sobre el mismo.

En cualquier caso la presunción de inocencia es también aplicable a los militares y por tanto, no puede, al menos de momento, afirmarse que hay acoso laboral como ya todos los medios y algunos políticos dan por hecho. Si se acata la sentencia que condenó a Lezcano- Mujica también debe respetarse la presunción de inocencia en tanto se produzca un pronunciamiento judicial.

De todos modos lo que sí debería haberse hecho con carácter cautelar es separar a la comandante de su superior y ambos podrían haber seguido en activo en tanto se resolviese el asunto, probablemente de haberse actuado de ese modo Zaida hubiese podido continuar su carrera y el tema no hubiese trascendido en el terreno político y mediático.

Respecto a las denuncias realizadas puestas por Zaida Cantera contra otros  mandos militares, cabe decir que si fueron archivadas es porque se basaban en meros indicios. Resulta extraordinariamente difícil probar la culpabilidad de mandos superiores al supuesto autor del acoso y tal vez ese fue uno de los errores de la comandante. Porque con esa acción, sumada a su prolongada baja laboral y a su aparición en la gran pantalla, Zaida se puso no ya contra sus presuntos acosadores, sino contra todo el sistema. Porque la acusación no era ya percibida como algo entre personas, sino contra la propia institución de las Fuerzas Armadas y seguramente muchos compañeros suyos no la apoyaron por este motivo. Además estas acciones empujaron al propio Ministerio de Defensa y al alto mando del Ejército de Tierra a ponerse a la defensiva, con lo que Zaida Cantera pasó a ser un problema, no ya para el coronel Lezcano-Mujica o para su compañero de promoción sino para la institución en sí.

En todo caso, conviene aclarar aquí que el caso de Zaida Cantera es un caso de presunto abuso de autoridad y que sólo de manera remota está relacionado con su condición de mujer. Muchos de sus compañeros podrían haber sido objeto de acoso laboral, sin que el motivo esté relacionado con el sexo, y podrían estar en una indefensión aún mayor, ya que no encontrarían apoyo en ningún medio ni en ninguna diputada feminista. Porque si bien la inmensa mayoría de los militares son ajenos a estas conductas, una oveja negra podría hace mucho daño gracias al sistema de ascensos basado en los IPEC y a la propia estructura jerárquica de las Fuerzas Armadas.

En los veinticinco años que llevo de militar en activo siempre ha habido mujeres en las Fuerzas Armadas, no es por tanto algo novedoso, aunque su presencia sigua siendo claramente minoritaria. Pues bien a lo largo de esos años, dejando aparte casos aislados, no he tenido jamás la sensación de que la mujer haya sido marginada o discriminada por el hecho de serlo. Sí he percibido, por el contrario, en algunas ocasiones, aunque cada vez menos, cierto proteccionismo por parte del mando sobre ellas, en atención a su “delicada” condición. De esto, evidentemente, jamás habló medio alguno.

            Otro absurdo y demagógico debate que algunos políticos han pretendido sacar es el ascenso del teniente coronel Lezcano-Mujica, que tuvo lugar tras su imputación. ¿Conocen sus señorías los sistemas de clasificación y elección para el ascenso? Supongo que lo conocerán porque ellos aprobaron por amplísima mayoría la actual ley de carrera que deja en manos de informes totalmente subjetivos, hechos por los superiores inmediatos de cada militar, todas las posibilidades de su futura carrera. No hay ningún criterio objetivo para decidir el ascenso o no ascenso de un militar salvo una sanción disciplinaria o una sentencia firme, por tanto ¿de qué se escandalizan ahora? Si como dice la diputada Irene Lozano y tácitamente su compañera y ex ministra Carme Chacón han fallado las estructuras ¿Por qué impusieron a los militares un sistema que dejaba impune cualquier abuso de autoridad en este sentido, a pesar de que miles de militares recurrieron contra esta ley por su condición de injusta? Todos los años cientos de militares se quedan fuera de las vacantes de ascenso no por cometer ningún abuso, sino simplemente porque sus informes de calificación son menos buenos que otros y sin embargo un teniente coronel imputado por un grave delito, si tiene buenos informes anteriores, no podrá ser privado de su ascenso en tanto no haya sentencia. Los informes solo recogen la opinión de su superior y son la principal herramienta para decidir los ascensos.

El Ministerio de Defensa puso en la etapa de Chacón el observatorio de la mujer, un organismo de dudosa utilidad pero de evidente visibilidad mediática. Ahora varios años después, ¿van a afirmar que las estructuras de las Fuerzas Armadas no sirven para defender a las mujeres? Obviamente la existencia de un caso de abuso de autoridad se puede dar y se seguirá dando, contra una mujer o contra un hombre, oficial o soldado, pero convertirlo en un mal general de las Fuerzas Armadas solo responde a puro interés, ya sea mediático o político. Podría ocurrir que dentro de unos años saliese un nuevo caso a la luz y alguien, pese a los cambios normativos “cosméticos” que el propio ministro introdujo en la recientemente aprobada ley disciplinaria, alguien rescataría de nuevo el argumento de que “han fallado las estructuras”. Y es que casos aislados siempre habrá, del mismo modo que ocurre con la denominada violencia doméstica o delincuencia en general.

            Por último, queda por analizar el episodio que pone colofón a esta lamentable historia y que no es otro que la inclusión de Zaida Cantera en la lista electoral del PSOE. ¿Por qué ha puesto Pedro Sánchez a la antigua comandante en su candidatura? A nadie se le escapa que por su condición de víctima. Ya ha habido precedentes como el profesor Neyra agredido por defender a una mujer, o el padre de la asesinada Mari Luz Cortés que ficharon por el PP. Los ciudadanos esperan que sus dirigentes políticos sean personas honestas y trabajadoras y también capaces y competentes. Elegir los cargos de responsabilidad por su impacto mediático, por “puro marketing político”, no parece lo más adecuado ni lo más ético. No resulta creíble que buscaran a Zaida por tener una brillante carrera militar, cuando durante muchos años ningún partido ha buscado a ninguno de los cientos de oficiales que tienen brillantes carreras y demostrada competencia como gestores. Cabe preguntarse ahora que hará el PSOE con Zaida Cantera cuando pasen las elecciones ¿La nombrará ministra de Defensa si ganan o la dejarán en algún puesto de asuntos sociales por su sensibilidad en temas de acoso?

Quizá Zaida debería conocer a la familia de José Couso, aquel cámara de Tele-5 víctima de un disparo norteamericano en Bagdad y en cuyo nombre los socialistas exigieron al Gobierno de Aznar que exigiese al presidente Bush juzgar a los militares norteamericanos. Después, cuando los socialistas llegaron al poder dejaron a la familia Couso en la estacada porque ya no les convenía enfrentarse a Estados Unidos. Y es que cuando la búsqueda de justicia por causas personales se convierte en causa política queda a menudo desacreditada e incluso deslegitimada.