El pasado día 15 de septiembre salió publicada la Orden Ministerial 55/2010 que
regulará el sistema de informes personales de calificación (IPEC) por el que se
va a evaluar a los militares y que entrará en vigor el próximo día 1 de enero
sustituyendo a la derogada O.M. 74/93. La nueva normativa es fruto del
desarrollo de la controvertida ley de carrera 39/2007 y servirá para aportar
los datos necesarios para las fórmulas alquimistas de la OM 17/2009, cuya aleatoriedad
ha sido ya demostrada por un organismo dependiente del propio ministerio de
Defensa.
En la exposición de motivos de la citada norma se establece
que: “el IPEC es la valoración objetiva… que
permitan apreciar las cualidades, méritos, aptitudes, competencia y forma de
actuación profesional del militar”. El legislador, siguiendo la estela de
las normas anteriores, continúa confundiendo los buenos deseos ó las buenas intenciones
con la realidad. La valoración de los IPEC tal y como están configurados es de
todo menos objetiva, ya que se califican conceptos puramente subjetivos sin que
haya que aportar ningún elemento mínimo de prueba que lo haga comprobable. En
cuanto a apreciar las cualidades, méritos y formas de actuación profesional de
una manera comparativa (que es al final el objetivo de los IPEC), basándose en
un documento que sólo define cualidades humanas ó modos de actuar muy genéricos
es poco menos que una quimera.
La norma no introduce apenas nada nuevo, salvo el cambio de
un calificador por una junta de tres, el
trámite de información al calificado, la afectación numérica de las
discrepancias del superior del calificador y el cambio de formato. Pero en el
fondo los vicios del sistema, sus gravísimas carencias, esas que lo han ido
desprestigiando cada vez más y que hacen que la mayoría de los militares lo
vean como injusto, permanecen con la nueva norma. Hay una importante
diferencia, eso sí, respecto a la anterior y es que con el sistema de ascensos
de la nueva ley de Carrera, incluidas las fórmulas de la ruleta rusa de la OM 17/2009, el IPEC es un
instrumento muchísimo más determinante que antes en el desarrollo de la
profesión.
Empecemos por analizar el cambio impuesto por la propia ley
de carrera y que no es otro que la sustitución del calificador único por una
junta de tres. El propósito de este cambio es evitar las injusticias que se
pueden cometer cuando un superior esté dominado por simpatías ó enemistades
arraigadas de sus subordinados; ó peor aún, por utilizar los IPEC como elemento
de coacción para cometer abusos de autoridad. La idea del cambio es buena pero su
eficacia se me antoja va a ser escasa. Por la propia configuración jerárquica
de la cadena de mando, cada militar tiene en la práctica un solo jefe directo y
esté formará siempre parte de junta. Difícilmente los demás componentes de la
misma se opondrán a su criterio, pues solo él tratará a diario con el
calificado mientras que los otros dos apenas le conocerán en la mayoría de los
casos. La propia norma prevé además varias excepciones, consciente sin duda de
las dificultades de la aplicación de este precepto. Imagínense en el caso de
los Oficiales la lejanía que puede existir entre los superiores que no son
jefes directos del calificado y este último. En el caso de la Armada por ejemplo, los
Oficiales de un barco serán evaluados exclusivamente por su Comandante casi con
toda seguridad.
El segundo aspecto novedoso, la regulación de las
observaciones del superior jerárquico del calificador llama poderosamente la
atención. Curiosamente, lo que se trata de evitar en el caso del
calificador, no se evita en el del
superior jerárquico de este, ya que su criterio exclusivo puede alterar el
resultado un treinta por ciento hasta en siete conceptos, lo que con las
diferencias reales de puntuación que se están dando puede ser determinante.
El trámite al interesado es sin duda un paso positivo:
obliga a una transparencia que antes sólo era obligada en caso de informes
desfavorables, aunque ni siquiera en este caso servía de mucho, ya que en la
práctica un informe teóricamente bueno podía ser tremendamente desfavorable.
Sin embargo, a pesar de la transparencia, el calificado difícilmente puede
hacer nada en caso estar en desacuerdo por la propia subjetividad del informe y
por que los informes sólo son buenos ó malos por comparación, por lo que pueden
proliferar los calificados disconformes
con informes teóricamente buenos.
Respecto a los males de la OM 74/93 estos se siguen repitiendo. Los IPEC,
con independencia de lo que diga la
Orden que los regula, no son buenos ni malos salvo cuando se
comparan con otros en procesos de evaluación. De nada sirve poner en el documento
que fulanito es un magnífico profesional si tiene un punto menos que el resto
de los magníficos profesionales con quien se le compara. En la práctica los
IPEC de fulanito se comparan con los de muchos como él que desarrollan sus
cometidos en otras Unidades y que han sido elaborados por otros calificadores
que por supuesto desconocen como se califica a fulanito y a otros muchos. Al
final un cierto miedo a quedar por detrás produce un “inflamiento” de las notas
que son casi siempre excelentes. Las medias siempre dan por resultado,
paradójicamente, puntos muy por encima de la media esperada. Ello produce una
constante incertidumbre en el valor real de un IPEC por lo que la tendencia a
inflarse es continua. Con los nuevos
sistemas de ascenso el miedo aumentará y el proceso se exagerará aún más. A
ello unamos que la nueva norma disminuye los márgenes de calificación al reducirlos
a sólo cinco calificaciones posibles (las cinco primeras letras del abecedario
que luego se convierten en cifras para su valoración). Adelanto que la inmensa
mayoría tendrá A, algunos B y sólo unos pocos desdichados tendrán C. La D y la E posiblemente no se emplearán
casi nunca.
Esta deformación del sistema provoca que el calificador no
pueda saber de ninguna manera si está siendo justo, benévolo ó severo con el
calificado. Y así seguirá siendo. La prueba más evidente de la falsedad del
documento está en la consideración que hace el calificador de que el calificado, cuando afirma que está por encima de la media,
cuando la media real le es absolutamente desconocida y de hecho la inmensa
mayoría de los calificados están considerados de ese modo lo que es
matemáticamente imposible.
Como decía al principio, el cáncer del sistema sigue
campando a sus anchas sin que la nueva norma nueva sirva para otra cosa que
para producir metástasis. Este no es otro que la subjetividad de los IPEC. Los
conceptos sobre los que los calificadores pondrán sus valoraciones son tan
vagos y genéricos como: confianza en sí mismo, captación de ideas, corrección
en el trato, imagen y presencia, entrega, orden y método en el trabajo,
identificación de tareas a asignar a los subordinados, lealtad y cooperación,
prestigio y un larguísimo etcétera. Difícilmente puede uno escapar a la
tentación de considerarse divino rellenando este documento. Dudo mucho que un
ser humano pueda ser capaz de acertar calificando estos conceptos de otro del
que sólo tiene un conocimiento relativo. Es tan ambicioso y al mismo tiempo tan
ingenuo, que se queda totalmente fuera de la realidad. Por desgracia los que llevamos años en la
profesión sabemos en que ha ido degenerando la práctica de rellenar IPEC. Dado
que el producto final es una comparación colectiva el calificador
automáticamente establece su escala mental de ordenación y luego rellena los
campos con la finalidad de que el producto final sea el deseado. El proceso se
limita por tanto a colocar un número de orden a un individuo. El sistema no da
para más.
Pero ni siquiera ese número de orden se ajusta a la verdad.
No se ajusta por que los calificadores no tienen que basarse en nada concreto,
sólo en sus apreciaciones. Nadie objetivamente desde fuera puede tocar ó
alterar el IPEC por que desconoce de donde han salido esas apreciaciones. No se
valoran, por ejemplo, si un soldado es buen tirador, si hace buenas marcas en
determinadas pruebas físicas, si ha dado muestras de valor en situaciones reales
ó si un militar de carrera tiene los conocimientos teóricos necesarios para su
puesto ¿le han hecho alguna prueba?; ó si tiene ascendencia con sus
subordinados ¿le pregunta alguien a sus subordinados?
Los IPEC pueden seguir sirviendo más que como una herramienta
para valorar como una herramienta para mandar. Para mandar mal desde luego. El
Jefe que utiliza el IPEC como coacción ó como premio lo desnaturaliza. Se
convierte en un comisariado: “Si no me sirves correctamente te hundiré, si lo
haces te llevaré a la cúspide”. ¿Son los subordinados mejor preparados aquellos
que dicen lo que el Jefe quier oír? Con este sistema parece que sí.
El último brindis al sol de la norma lo constituye la
disposición adicional segunda que prevé el establecimiento de un sistema de
orientación profesional basado en los IPEC. Difícilmente puede establecerse
orientación alguna cuando la Carrera Militar
no se desarrolla según la voluntad del interesado sino según las circunstancias
del momento y las necesidades del servicio, en tanto no se modifique la
trayectoria profesional, el reglamento de destinos ó los criterios para la
asignación de cursos, aptitudes y especialidades. Por otro lado los IPEC se
limitan a clasificar entre buenos, regulares y menos buenos lo que desde luego no
ayuda mucho a la orientación profesional, salvo que con ese eufemismo se
refieran a las escasas posibilidades de ascenso y a irse a la reserva
anticipadamente.
Antes de la entrada
en vigor de la ley de Carrera la antigüedad primaba para los ascensos excepto
en los empleos más altos donde los IPEC tenían más peso. Se suponía que estos
cargos eran de confianza, menos técnicos y más políticos. Con el nuevo sistema
todos los ascensos son de “confianza”, meramente políticos, acompañados eso sí,
para mayor gloria de la nueva ley, de una buena dosis de aleatoriedad
constatada en la recuperación de una herramienta desfasada y en unas fórmulas
matemáticas sorprendentes. Pese a todo, la huida hacia delante continúa.
Publicado en la revista Atenea nº 23, febrero de 2011.
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